Fin de la deducción por adquisición de vivienda habitual: Todo lo que debemos saber
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Tras la publicación de mi artÃculo “Puede ser un buen momento para la compra” y el artÃculo de Paco , “Si tienes cuenta vivienda conviene que leas esto”, un seguidor de nuestro blog, en concreto Juan GarcÃa, nos realizaba varias consultas sobre el fin de las deducciones por adquisición de vivienda habitual.
Estamos en el último trimestre del año y considero que debo ampliar esa información con 2 nuevas noticias de interés que complementan los citados artÃculos, el primero que reafirma mi información sobre el derecho a deducción del comprador de una vivienda en construcción y por tanto tranquiliza más si cabe a los compradores que en este año 2010 todavÃa no van a poder escriturar su nueva vivienda pero que si están realizando entregas a cuenta para su adquisición, y este segundo, que aumenta los motivos para invertir en vivienda habitual para todo aquel que posea una cuenta vivienda en vigor, ya que como bien podréis concluir tras la lectura del artÃculo, no sólo se habla en estos casos del derecho a deducción, sino que además estamos hablando de la devolución de unas cantidades de dinero que pueden ser muy importantes en algunos casos, es decir, traduciendo eso en dinero, que es cómo mejor podemos medir el impacto de estas consecuencias, estarÃamos hablando de la deducción a lo largo de la vida del préstamo hipotecario de 33.900 € y de la devolución, es decir el pago al que se verÃa obligado el contribuyente que se ha aplicado estas deducciones en ejercicios anteriores de hasta 4.068 €.
Por último,me reitero para que nadie se despiste, todo aquel que haya escriturado su nueva vivienda (habitual, por supuesto) o haya firmado un contrato de compraventa antes del 31 de diciembre del presente año, tendrá derecho a la deducción como hasta ahora, independientemente de cuál sea su renta. Para que no quepa ningún tipo de duda, incluyo este enlace del diario Cinco Dias en el que Jaume Duch, abogado de Cuatrecasas, responde a una serie de consultas al respecto con mucha claridad y que considero cubre prácticamente toda la casuÃstica que se puede dar con esta circunstancia.
Espero que con todos estos datos queden resueltas todas las dudas que se os puedan plantear u también las que me habéis planteado a través de mi correo electrónico. De todos modos quedo a la espera de todas vuestras consultas, tened la completa seguridad de que con la ayudad de nuestro asesor fiscal si es necesario, daremos respuesta a todas vuestras dudas.
Recibid Un Cordial Saludo
Adjunta a Dirección y Responsable Comercial
Publicado: Octubre 20th, 2010 en Fiscalidad, Noticias.






